SIO: servicio de información y orientación
FUTUCYL ofrece un servicio de información y orientación destinado a profesionales, familias y personas que necesitan apoyos.
El SIO es un programa gratuito ofrecido por FUTUCYL.
El objetivo el SIO es informar sobre los sistemas de provisión de apoyos a personas que tienen discapacidad intelectual o algún problema de salud mental, teniendo en cuenta especialmente el nuevo contexto legal introducido por la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.
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Preguntas frecuentes
Con la reciente reforma del Código Civil (Ley 8/2021) cambia el enfoque y se plantea un nuevo modelo de apoyos al ejercicio de la capacidad jurídica.
La modificación de la capacidad consistía en un proceso judicial que, mediante una sentencia, reconocía que la persona no disponía de las herramientas suficientes para autogobernarse. Esta sentencia era dictada en un procedimiento ordinario, con la obligada intervención del Ministerio Fiscal, examen de la persona, dictamen médico forense y audiencia de parientes.
Actualmente el enfoque es otro.
Ley 8/2021, de 2 de junio, es por la cual se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.
Uno de los cambios más relevantes que introduce esta reforma es el respeto a la voluntad y preferencias de las personas con discapacidad.
Un auto o sentencia es la decisión final de un juez después de un juicio que hay que cumplir. La capacidad jurídica son los derechos y las obligaciones que tenemos todas las personas.
En la sentencia se explican los apoyos que necesita la persona para el ejercicio de su capacidad jurídica que ha decidido un juez con el objetivo de proteger los intereses y los derechos de la persona. Así dispondrá de ayuda para decidir sobre su vida teniendo en cuenta sus preferencias.
La ley ha cambiado y ahora no habla de incapacidad, se habla de apoyos para poder decidir.
Las medidas de apoyo que reconoce el Código Civil son, además de las de carácter voluntario, la guarda de hecho, la curatela y el defensor judicial. La finalidad de todas ellas es el apoyo y la asistencia de la persona y el necesario respeto a su voluntad, deseos y preferencias.
Después de presentar una demanda para pedir los apoyos para el ejercicio de la capacidad jurídica, se informa a la persona interesada. Un juez habla con ella, con sus familiares… un médico forense hace las pruebas pertinentes para verificar las necesidades de apoyo y emite un informe para el juez.
El juez tomará la decisión y la comunica a través de una sentencia.